Cuando obtienes tu certificado de Inicio de Actividades emitido por el Servicio de Impuestos Internos (S.I.I.), debes cumplir con tus obligaciones tributaria mensuales y anuales. Si quieres revisar en detalle en qué consisten estas obligaciones y cómo se deben cumplir, te invitamos a revisar nuestra sección "Mi PYME".
Sin embargo, para que puedas hacer más expedito el inicio de tus operaciones, te recomendamos realizar los siguientes trámites, que van a facilitar el desarrollo de tus actividades económicas y, también, el cumplimiento de las obligaciones tributarias que tienes como contribuyente.
A continuación, revisaremos ambos trámites...
La verificación de actividades es un trámite exigido por el S.I.I. para autorizar la emisión de Documentos Tributarios Electrónicos (D.T.E.), (como facturas electrónicas, notas de débito electrónicas, notas de crédito electrónicas, etc.) que da derecho a Crédito Fiscal.
La verificación de actividades también puede ser requerida por el S.I.I. en casos de cambio de domicilio, apertura de sucursal y/o cambio o ampliación del giro declarado.
Básicamente, este trámite consiste en una evaluación de los antecedentes presentados por el contribuyente en la declaración de inicio de actividades, que tiene como objetivo que el SII pueda comprobar la efectividad del desarrollo de la actividad económica declarada, y que puede realizar en forma remota o presencial.
Es importante decir que la verificación de actividades no es requisito ni impedimento para que se inscriba y emita boletas de ventas y servicios electrónicas u otros documentos que no dan derecho a crédito fiscal de IVA.
La verificación de actividades la deben solicitar los contribuyentes que van a realizar actividades gravadas con IVA y que emiten D.T.E. que dan derecho a Crédito Fiscal a otros contribuyentes (es decir, que pueden rebajar el IVA asociado a dicho D.T.E. de su IVA Débito fiscal), por ejemplo, las facturas electrónicas.
Este trámite se puede realizar en la página web del S.I.I., a través de una Petición Administrativa (en el menú “Servicios online” > “Peticiones administrativas y otras solicitudes” > “Verificación de actividad”), y se deben adjuntar algunos documentos que solicita el S.I.I., por ejemplo: Facturas de proveedores, contrato de arrendamiento o de compra de instalaciones, contrato de arrendamiento o de compra de maquinarias, órdenes de compra, entre otros.
En el caso de que hayas iniciado actividades en Primera Categoría, ya sea a través de una Persona Jurídica (un RUT distinto al tuyo) o como Empresario Individual (con tu RUT de persona natural), debes realizar la elección del Régimen Tributario de Primera Categoría.
Este trámite se realiza en la página web del S.I.I., en el menú “Servicios online” > “Peticiones administrativas y otras solicitudes” > “Regímenes tributarios” > “Inscripción regímenes tributarios”, donde podrás acogerte al Régimen que crees será el más conveniente para tu negocio y para ti.
Los principales Regímenes Tributarios de Primera Categoría son:
IMPORTANTE: Puedes consultar el detalle de cada uno de estos regímenes en el siguiente link: Educación Tributaria - Mi PYME (dedecon.cl).
El e-RUT es la Cédula RUT en formato electrónico (que antiguamente se utilizaba en formato plástico) y sirve para identificar al contribuyente para realizar diversas operaciones y/o trámites, por ejemplo, realizar compras a proveedores, realizar trámites bancarios, tramitar importaciones y exportaciones en Aduanas, realizar trámites notariales, entre otros.
Para obtener EL e-RUT, el contribuyente o representante legal debe ingresar a la página web del S.I.I., seleccionar el menú “Servicios online” > “RUT e inicio de actividades” > “Cédula RUT electrónica (e-RUT)” > “Solicitar e-RUT”, donde podrá autorizar a los usuarios a utilizar esta cédula.
Luego, los usuarios pueden utilizar el e-RUT para realizar las operaciones que haya autorizado el contribuyente y/o representante legal. Esto pueden realizarlo descargando la aplicación para dispositivos móviles “App e-RUT” del S.I.I.
Una vez realizado el trámite de inicio de actividades en Primera Categoría, debes inscribirte en los sistemas de emisión de Documentos Tributarios Electrónicos (D.T.E.), y así podrás emitir boletas de ventas electrónicas y/o facturas electrónicas y los demás documentos tributarios relacionados (guías de despacho, notas de crédito, etc.).
Para esto, se pueden contratar sistemas de emisión de boletas y de facturación “de mercado” o utilizar los que el Servicio de Impuestos Internos ofrece gratuitamente para las y los contribuyentes que lo necesiten. En ambos casos se necesita comprar e instalar un “Certificado Digital”, que sirve para firmar electrónicamente los D.T.E. (entre otras funciones), y se consigue en alguna de las instituciones acreditadas por el SII, de las cuales puedes encontrar más información en el siguiente enlace: https://www.sii.cl/servicios_online/1039-certificado_digital-1182.html
En el caso de la emisión de boletas de venta electrónicas, estas se pueden emitir utilizando la página web del SII o por la aplicación “e-Boleta” SII. Ten presente que si recibes pagos por ventas realizadas a través de medios de pago electrónico (por ejemplo, SumUp o Transbank, entre otras), debes realizar el trámite de “Declaración de Modelo de Emisión” en la página web del SII.
Para la emisión de facturas electrónicas, también se puede utilizar una aplicación para dispositivos móviles, llamada “e-Factura” del SII, con la cual se pueden emitir facturas electrónicas, facturas no afectas o exentas y guías de despacho electrónicas. Al momento de la emisión de la factura electrónica, debes ingresar algunos datos obligatorios, como, por ejemplo, el RUT del comprador, el tipo de venta (si es del giro o no), el detalle del producto o servicio vendido, precio, cantidad y descuentos (en caso de aplicar).
Si recibes pagos por ventas realizadas a través de medios de pago electrónico, también conocidos como máquinas POS o MPOS (por ejemplo, SumUp o Transbank, entre otras), debes realizar el trámite de “Declaración de Modelo de Emisión” en la página web del SII. Al realizar este trámite, puedes escoger si los comprobantes electrónicos de pago (“Vouchers”) reemplazan la boleta electrónica de ventas o si debes emitir la boleta electrónica junto con el “Voucher”.
Si no realizas este trámite, estarás duplicando el IVA Débito Fiscal por los cobros que realices a través de los medios de pago electrónico.
A continuación, podrás encontrar un instructivo para realizar el trámite de “Declaración de Modelo de Emisión”.
¿Qué es una patente municipal?
El permiso necesario para el ejercicio de toda profesión, oficio, comercio, arte o cualquier otra actividad lucrativa, cuando dicha actividad se ejerce en un local, oficina, establecimiento, kiosco o lugar determinado dentro de los límites de una comuna en particular. Esta patente la otorga la municipalidad del lugar donde se instalará el negocio.
¿Cuántos tipos de patentes hay?
Hay cuatro tipos de patentes, cada una con sus particularidades:
Las patentes son específicas para la actividad que usted planea ejercer. Por ejemplo, si obtuvo una patente comercial para una tienda de ropa y quiere ampliar el negocio para la venta de helados, hay que pedir una ampliación de patente.
¿Qué documentos hay que presentar para sacar una patente?
Importante: Averigua en la Municipalidad donde va a funcionar tu local fijo cuáles son los documentos y requisitos necesarios por rubro para la obtención de la Patente Municipal antes de solicitarla. Lo anterior, porque los requisitos y documentos varían entre un municipio y otro.
No obstante, aquí te dejamos un listado de documentos que generalmente piden en todos los municipios:
Además, se necesitarán otras autorizaciones dependiendo del tipo de actividad que desarrollarás, por ejemplo:
¿Qué valor tiene una patente?
El pago de la patente es anual y su precio varía en cada municipalidad. El monto por pagar es entre el 2,5 por mil y el 5 por mil del Capital Propio Tributario del negocio (declarado en el SII) con un mínimo de 1 UTM y un máximo de 8 mil UTM al año.
Por ejemplo, si el capital del negocio es de $100 millones y la municipalidad cobra el 5 por mil, la patente será de $500.000.
Si bien el pago de las patentes es anual, las municipalidades permiten el pago en dos cuotas semestrales.
En el caso de la patente de alcoholes, que está fijada por la Ley de Alcoholes (Ley N°19.925), su precio varía entre 0,6 UTM y 3,5 UTM, dependiendo de la naturaleza del local que lo expende y se paga por semestres anticipados, en los meses de enero y julio de cada año.
Por último, debes tener presente que junto con la Patente Municipal deberás pagar los derechos de aseo de tu local, y los derechos de publicidad, cuyos valores dependerán de la materialidad y dimensiones de letreros y afiches.
¿La Patente Municipal es lo mismo que el Permiso Municipal?
El permiso municipal es un concepto más amplio y genérico que la patente, a través del cual la Municipalidad entrega una autorización para ejercer determinada actividad o desarrollar alguna acción. Existen distintos tipos de permisos, siendo uno de ellos la Patente Municipal que, como ya explicamos, es un permiso especial y necesario para emprender cualquier actividad comercial que necesita un local fijo dentro de los límites de una comuna en particular.
Otros permisos que habitualmente piden las y los emprendedores, son:
Si desarrollas alguna actividad relacionada con la producción, elaboración, preservación, envase, almacenamiento y/o distribución de alimentos y/o aditivos alimentarios, debes solicitar la Autorización Sanitaria de Alimentos, la cual se puede realizar en la página web del SEREMI de Salud.
Es importante que sepas que, al momento de presentar la solicitud de autorización, el lugar donde se desarrollará la actividad debe estar completamente habilitado, con las condiciones reglamentarias mínimas que exige el SEREMI de Salud, además de contar con autorización municipal de acuerdo con el plano regulador. Puedes encontrar más información sobre este trámite en el siguiente enlace: https://seremienlinea.minsal.cl/asdigital/index.php?tramites=&id_faq=318
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